Home Opinión Mitos y realidades de la Pensión Alimenticia

Mitos y realidades de la Pensión Alimenticia

Por Redacción
0 Comentario

Por: Eva Ixcot, Abogada y Notaria. Instragram: EPI . LEGALGT.

La pensión alimenticia, es uno de los temas que muchas madres de menores, acuden a una asesoría legal en Guatemala, es por ello que hoy EPI – LEGAL  ha escrito este artículo para aquellas personas que quieren luchar por los derechos de sus hijos menores.

Para entrar en este tema, es importante indicar que una pensión alimenticia, es un derecho y una contribución económica que una persona otorga a otra que para su subsistencia. La pensión alimenticia, es otorgada por una autoridad judicial.

En Guatemala, la mayoría de juicios por pensión alimenticia es iniciada por la progenitora de los menores, sin embargo la ley establece el progenitor que está a cargo de la guarda y tutela de los menores es quien tiene el derecho de iniciar dicho proceso. Así como familiares dentro de los grados de consanguinidad de los menores cuando no vivan con uno de los progenitores.

Entre los documentos que se deben presentar para iniciar un proceso, se encuentran; 1 Certificación de nacimiento de los menores de edad, para establecer el parentesco; 2. El monto a exigir al obligado de brindar pensión alimenticia. Se debe tomar en cuenta que sean cubiertos los gastos de vivienda, vestido, educación, médico, alimentación, esparcimiento y otros gastos necesarios para el bienes de los menores; 3. Dirección donde puede ser notificado el demandado el cual puede ser en su residencia o lugar de trabajo.

Es necesario aclarar que el monto solicitado, dependerá del criterio del juzgador.

La solicitud debe realizarse mediante el auxilio de un Abogado (a) colegiado activo para la presentación del  memorial de demanda, presenta ante un juez cuya competencia sea en materia de Pensión Alimenticia. El juez, a su vez establecerá si existen pruebas suficientes para dar lugar a dicha petición y continuar con el proceso.

Si tienes  dudas respecto al presente tema, puedes agendar una asesoría legal. Epi Legal.

You may also like

Deje un comentario

YouTube
Instagram