El feminismo

y la necesidad de su existencia

Autor: Jennifer Paniagua – X: @jennypaniagua01 – Instagram: @jenny_paniagua01
Facebook: @jennifer.paniagua.73 – Editorial: youngfortransparency@gmail.com

Existe una afirmación que se repite con frecuencia en el debate público: que el feminismo ha perdido vigencia porque las mujeres ya gozan de igualdad. La premisa parte de una confusión fundamental: asumir que el reconocimiento formal de derechos equivale a su aplicación efectiva.

Desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos, esa conclusión resulta difícil de sostener.

Los derechos fundamentales son universales, indivisibles e interdependientes. No deberían depender del territorio en el que una persona nace, de la religión mayoritaria de un Estado o del proyecto político de un gobierno; sin embargo, la realidad demuestra que millones de mujeres continúan viviendo la restricción de derechos que el orden jurídico internacional reconoce como inherentes a toda persona.

El caso de Afganistán constituye uno de los ejemplos más evidentes. Las restricciones impuestas por las autoridades de facto al acceso de las mujeres a la educación, al trabajo, a la libertad de circulación y a la participación en la vida pública no representan únicamente decisiones de política interna. Constituyen medidas incompatibles con obligaciones ampliamente reconocidas por el derecho internacional de los derechos humanos y con los principios de igualdad y no discriminación consagrados en diversos instrumentos internacionales.

No se trata de una discusión ideológica; se trata del incumplimiento de estándares jurídicos mínimos.

La situación no se limita a Afganistán. En Irán, las restricciones impuestas sobre la autonomía de las mujeres y la respuesta estatal frente a quienes las desafían han generado reiterados cuestionamientos por parte de organismos internacionales. En distintas regiones de África persisten prácticas como el matrimonio infantil y la mutilación genital femenina. En escenarios de conflicto armado interno, la violencia sexual continúa siendo utilizada como método de dominación y control territorial.

Incluso en democracias consolidadas, donde durante décadas se asumió que determinados derechos eran irreversibles, comienzan a surgir discursos que cuestionan principios considerados fundamentales. En Estados Unidos, además del intenso debate sobre los derechos reproductivos, han surgido voces que relativizan el alcance del sufragio universal o plantean modelos que disminuirían el peso del voto individual de las mujeres. Más allá de la viabilidad jurídica de esas propuestas, su sola aparición en el debate público evidencia una realidad preocupante: ningún derecho puede darse por definitivamente consolidado cuando existen actores dispuestos a replantear los pilares de la igualdad democrática.

Estos fenómenos poseen un denominador común: la distribución desigual del ejercicio de derechos.

Por ello, reducir el feminismo a una corriente ideológica implica desconocer su evolución como movimiento de incidencia jurídica y política. Buena parte de los avances contemporáneos en materia de igualdad, acceso a la justicia, tipificación de formas específicas de violencia contra la mujer, mecanismos de protección y desarrollo del principio de no discriminación encuentran su origen en décadas de litigio estratégico, producción académica, incidencia internacional y movilización social impulsadas por organizaciones feministas.

En otras palabras, buena parte de los estándares que hoy se consideran normales fueron, hace apenas algunas décadas, demandas clasificadas como radicales.   

Desde una perspectiva democrática, la vigencia del feminismo no debería medirse por la situación de aquellas mujeres cuyos derechos se encuentran relativamente protegidos, sino por la existencia de millones de mujeres para quienes la igualdad continúa siendo una promesa incumplida.

Mientras el acceso a la educación dependa del sexo de una persona; mientras la participación política pueda restringirse por razones de género; mientras la autonomía corporal sea objeto de control estatal; mientras la violencia contra las mujeres continúe siendo utilizada como mecanismo de sometimiento; y mientras el acceso a la justicia siga condicionado por estructuras discriminatorias; sostener que el feminismo ha perdido su razón de ser constituye una afirmación jurídicamente difícil de defender.

Los derechos humanos no se consideran plenamente garantizados porque una parte de la población pueda ejercerlos. Se consideran garantizados únicamente cuando pueden ser ejercidos por todas las personas, en condiciones de igualdad, sin importar el lugar donde nacieron.

Ese sigue siendo el desafío de nuestra época; y mientras esa universalidad continúe siendo una aspiración antes que una realidad, el feminismo seguirá siendo una opción política y una exigencia del Estado de derecho.

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