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Pago y uso del bono 14 en Guatemala

Por Redacción
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Por: Elvia García

El Bono 14 en Guatemala es una bonificación extra que las empresas tanto públicas como privadas deben pagar obligatoriamente a sus empleados durante los primeros 15 días del mes de julio. La cantidad debe corresponder al 100% del salario mensual ordinario de una persona o al proporcional correspondiente cuando sea menos de un año o el salario haya variado en ese período.

¿Hay bono 14 si estoy suspendido?

Cualquier suspensión con o sin goce de sueldo no afecta el pago del Bono 14. Por lo que, si se está suspendido por el IGSS, igualmente debe ser pagada la bonificación. No obstante, si la empresa se encuentra suspendida, el bono no se paga al 100% (de junio a julio). Si no que se debe hacer un promedio del pago desde junio hasta la fecha en que se hizo la suspensión.

¿Recibo bono 14 si me despiden?   Sí, el artículo 4 de esta ley indica que para el cálculo de la indemnización se debe tener en cuenta el monto de la bonificación anual devengado por el trabajador, en la proporción correspondiente a seis meses de servicios.

¿Se puede pagar el Bono 14 en pagos o pagos parciales?

La ley como tal no establece ni acuerda nada al respecto. Se recomienda que antes de cualquier decisión de este tipo se asesoren con abogados laboralistas.

¿Pueden las empresas no pagar el Bono?   No, pues esta prestación es una obligación que el patrono debe cumplir para con sus empleados y que está regulada a través de la Ley de Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público, decreto 42-92. De no cumplir, el trabajador puede levantar una denuncia en el Mintrab.

¿Pago de bono 14 en caso de carencia de flujo de efectivo de las empresas? Las empresas o empleadoras del sector privado que requieran asistencia financiera para hacer efectivo el pago, podrán acudir a las instituciones financieras del sistema bancario en demanda de créditos, los cuales serán concedidos a tasas preferenciales y podrán ser redes contados en el Banco de Guatemala a un plazo no mayor de seis meses.

Es importante saber que si el trabajador ha estado por al menos un año laborando, se toma en cuenta desde el salario base de julio del año anterior hasta junio del año en curso.

  • (En año normal) Q 3,000.00 * 365 ÷ 365 = Q 3,000.00
  • (En año bisiesto) Q 3,000.00 * 366 ÷ 366 = Q 3,000.00

Si el trabajador ha estado menos de un año laborando, se toma en cuenta el salario base desde el mes contratado hasta junio del año en curso.

  • (En año normal) Q 3,000.00 * 212 ÷ 365 = Q1,742.46
  • (En año bisiesto) Q 3,000.00 * 213 ÷ 366 = Q 1,745.90

Importante: el número 213 se utilizó como referencia al equivalente de meses trabajados (31 días de diciembre, 31 días de enero, 29 días de febrero por ser bisiesto, 31 días de marzo, 30 días de abril, 31 días de mayo, 30 días de junio).

El Ministerio reitera que esta prestación debe ser cubierta, especialmente por parte de las empresas que han continuado operando a pesar de la emergencia por el COVID-19, ya que el cumplimiento de este compromiso es un derecho de los trabajadores que el Estado debe garantizar y lo hará a través de los mecanismos establecidos en la ley.

El Ministerio reconoce que, derivado de la actual situación de emergencia, la actividad económica de varios sectores se ha visto afectada, por lo que, atendiendo a la legislación vigente que regula los mecanismos para el cumplimiento o documentación de las obligaciones relacionadas con dicha prestación, informa de las siguientes tres orientaciones para que los patrones cumplan con su obligación.

Si bien este dinero es ya esperado por los guatemaltecos en relación de dependencia, en muchos de los casos carece de una planificación estratégica y productiva para hacer uso del mismo.  Pago de deudas y cubrir gastos de enfermedades son de los elementos más comunes en que se sabe que el guatemalteco promedio gasta este dinero que recibe; sin embargo, existen muchos casos en los que el dinero no encuentra un destino de provecho y más bien se diluye en “antojos y placeres” que luego se llegan a lamentar.

De tal manera, sería importante que se consideren aspectos importantes que el Bono 14 en Guatemala puede tener para hacer de él un gasto con sabiduría. 

Algunas consideraciones de dónde puede ir a parar dicho dinero:

  1. Deudas: Las deudas generan presión y quita paz en muchos sentidos de vida, asignar una porción de lo recibido al pago de estas, puede aliviar la carga de egresos hacia el futuro.
  2. Ahorro: Destine una cantidad intencional al ahorro.  No piense en el ahorro bajo la mentalidad de “si sobra algo lo ahorro”.  Si el ahorro se convierte en una prioridad en sus egresos, será de las primeras categorías que buscará cubrir.
  3. Inversión: Considerar opciones que el dinero “trabaje” por usted puede ser una buena alternativa para hacer uso de este dinero.
  4. Compras: Planifique con anticipación lo que desea comprar.  No salga a comprar bajo el pensamiento de “ver qué se encuentra” y “qué se le antoja” pues los impulsos emocionales bajo estas premisas suelen jugar una mala pasada que luego, ya de manera racional, nos hace lamentarnos.

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